alternativa a la clase de religión en la lomce

En España, hasta la actualidad, la asignatura de Religión es garantizada por el Estado, si bien sea opcional para los alumnos y no puntuable. La novedosa ley didáctica (LOMCE) introduce ciertos cambios en esta materia. Proseguirá siendo de oferta obligada en los centros académicos y optativa para los estudiantes. Lo que cambia es que de ahora en adelante la nota va a contar, como la de otras materias, a efectos de la media académica del curso.

Carga horaria en la asignatura de Religión por Red social

En cada red social autónoma, y ​​para cada curso y etapa didáctica, el currículo en lo que se refiere a la distribución horaria de cada asignatura es diferente. En Educación Infantil se prosigue contando con la distribución de hora y media por áreas de conocimiento (no materias), en Educación Principal se manejan intervalos horarios de 45 minutos, en sesiones, y lo mismo sucede en Secundaria y Bachillerato. En Bachillerato, por poner un ejemplo, etapa no obligatoria, la enorme novedad que la LOMCE establece para la Religión es que puede o no ofrecerse en tanto que, siendo una asignatura concreta, esta es dependiente de la regulación y de la programación de la oferta didáctica que constituya cada Administración didáctica y, en su caso, de la oferta de los centros enseñantes.

En el curso 2015/2016, la asignatura de Religión se distribuyó de formas muy dispares a las distintas comunidades, observemos ciertos ejemplos:

Que aprendan, pero no bastante

) ¿Y qué es esta “atención didáctica”? Lo trata de detallar el currículo: “Esta atención se planificará y programará por los centros de manera que se dirijan al avance de las competencias clave mediante la realización de proyectos significativos para el alumnado y de la resolución colaborativa de inconvenientes , haciendo más fuerte la autovaloración , la autonomía, la reflexión y la compromiso. En todo caso, las ocupaciones proposiciones van a ir dirigidas a remarcar los puntos mucho más transversales del currículo, favoreciendo la interdisciplinariedad y la conexión entre los distintos saberes”. Y termina matizando: «Las ocupaciones a las que se refiere este capítulo en ningún caso comportarán la educación de contenidos curriculares socios al conocimiento del hecho espiritual ni a cualquier área de la etapa».

“Esta última oración desmiente todo lo mencionado”, mantiene Toni Solano, directivo del IES Bovalar de Castellón. «¿Qué es contenido curricular?», se pregunta. “Si los currículos son competenciales, nada tenemos la posibilidad de realizar. Ni leer, pues andas estimulando la rivalidad sociable, con lo que estarías incurriendo en un estafa para ofrecer algo curricular”, piensa.

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